ContrahegemoniaWeb

Apuntes sobre socialismo desde abajo y poder popular

Los fallidos de un fallo “no ejemplar”

Si empezamos a leer esta historia por el final, es decir, empezando por la sentencia de los tres jueces marplatenses, se puede aventurar que lo que pasó nunca pasó. Lucia Pérez nunca se murió, nadie la mató, nadie tuvo algo que ver con su muerte.

 

Los acusados fueron absueltos por los crímenes de abuso sexual y femicidio aunque declarados culpables por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en mediaciones de un establecimiento educativo”.

La joven muerta en el trámite que incluye venta, consumo y sexo, no figura. No tiene 16 años, no les compra droga, no le queda debiendo plata por un poco de droga fiada. El día de la muerte no la pasa a buscar el acusado (41 años) en la camioneta que la lleva a la casa del otro (25 años) un día después de haberse conocido con la promesa de un poco más de droga. Los “estupefacientes” están suspendidos en el aire de este relato, como “tenencia” y en poder de quien la comercializa y no como “sobredosis” en el cuerpo de una chica que “dejó de respirar” en el transcurso de una relación sexual ese mismo día, según la declaración del mismo acusado, que además fue un acto “brusco y violento”, según los peritos que no pueden asegurar que no estuviera en el marco de un sexo consentido. El fallo –donde Lucía Pérez se murió porque se murió– se superpone sin muchas variantes con aquella canción de Charly que decía: “no sé qué mierda pasó en San Telmo/ aunque en verdad mucho no me interesa/ tomemos el asunto con asepsia/ pero por favor no te mueras en mi altillo”. Pero esto no es una canción. Y los jueces tendrán que dar cuenta de lo que dicen.

Sin embargo, en el mismo fallo hay constantes referencias a la vulnerabilidad de la víctima, por menor y por mujer, que avalan la línea de femicidio. Alguien le había recomendado a Lucía no comprar droga a hombres solos, comprarle a una señora del barrio, “porque es mujer y tiene hijos”. También hay referencias a las “malas experiencias” con sujetos que venden y que ya que estamos violan a las chicas. Pero luego, en el veredicto, la expresión tan aséptica de “fines de comercialización” lava prodigiosamente el peligro de violación y muerte por sobredosis. ¿No es una situación de vulnerabilidad, la escena de una menor (sin dinero propio para pagar) en la casa de un vendedor adulto que efectivamente termina teniendo sexo con ella? Los jueces además encuentran un atenuante en esto de la tenencia, uno de los acusados es adicto. Son los mismos que desestiman la desventaja que implicaba la adicción de la víctima, porque según estos tres señores que no la conocieron, Lucía se comportaba “como alguien mayor de 16 años” y además no era lo que se dice “sumisa”, no se iba a acostar con quien no quisiera, si lo hizo fue porque quiso, o sea no hubo abuso.

Te puede interesar:   Exigen la libertad para Jaru Rodríguez: «preocupa la avanzada de los gobiernos contra las personas que se organizan y luchan»

¿De dónde sacaron estas conclusiones? ¡Le leyeron los chats! ¿Será que la ética de los programas de chimentos ha impregnado las prácticas de la justicia? Los chats de la chica, de los acusados y testigos, podrán dar pistas e indicios a una investigación, seguramente. Pero aquí son escudriñados como una fuente de verdad revelada e interpretados como lo haría un panelista con un mediático según quisiera hacerlo quedar bien o quedar mal. Si le dice a un amigo que no tiene miedo y que es valiente, se considera que lo es. Si dice que se acuesta con quien quiere, se considera que se acuesta con quien quiere. ¿Desde cuándo lo que uno escribe en un chat o lo que uno le dice a un amiga o a su madre no viene modalizado por las ganas de fanfarronear, presumir, ocultar, fantasear, minimizar y todas las infinitas intenciones que hacen a la comunicación entre la gente? Pero además, si no era sumisa, ¿significa que tenía con qué defenderse? ¿Estaba a salvo? Entonces… quien viole o mate a una chica “con carácter” ¿tendrá menos pena que quien lo haga con una que sepa ser y parecer de 16 años?

Si estas cuestiones resultan algo tendenciosas, mejor ir directo a una de las tantas tendenciosas conclusiones del fallo: “Se trata, de todos modos, de un final trágico, porque falleció una adolescente inteligente, generosa, solidaria y, según sus padres y su hermano, fuertemente vinculada a su entorno familiar”. Más allá de la demagogia con la familia adulando a la niña, y más allá del avieso intento de negar la vulnerabilidad extra por consumo de drogas, ¿qué les queda a las adolescentes egoístas, poco inteligentes y con poco apego al hogar?

Te puede interesar:   "Laudato Si": neoliberal-catolicismo y ecología (economía) social de mercado

Los panelistas de la justicia patriarcal se muestran más comprensivos con los chats del acusado. Concluyen que no tenía malas intenciones porque en los chats le propone comprar una Cindor y facturas y no dice nada de tener sexo. Es posible pero también es posible todo lo contrario. ¿No es el buen trato uno de las típicas estratagemas del lobo desde los cuentos infantiles? Asumen que no la acosó porque luego de algunos insistentes  llamados dejó de insistir. ¿No es una táctica más vieja que Caperucita sobre todo para alguien a quien se le ha prometido Cindor y droga?

Los jueces sustentan la inocencia en que el acusado la llevó al hospital y no se escapó (no hacen referencia a que todos los mensajes en su teléfono llevaban a la policía directo a su casa). Sin dudas eso será un atenuante en la pena que pudiera merecer, ¿pero acaso se espera que todas las chicas muertas aparezcan abandonadas dentro de una bolsa de residuos?

Si todo esto no llama a la puesta en duda sobre las intenciones de este fallo que llega puntualmente el Día de la No Violencia contra la Mujer y que se produce con explícita conciencia de que el nombre de Lucía Pérez encabezó la primera huelga de mujeres en 2016, es imposible que no llame la atención el siguiente detalle insólito. En el mismo veredicto donde se absuelve a los acusados, aparece una presunta culpable que no figuraba entre los acusados: los jueces piden que se investigue a la Fiscal María Isabel Sánchez por mal cumplimiento de sus funciones. Es la funcionaria que el día de la muerte se tomó sus 15 minutos de infamia y declaró en los medios que Lucía había muerto por empalamiento y que había recibido un  trato inhumano. Luego se supo que ningún peritaje avalaba esos dichos. Pero este acto de irresponsabilidad –para nada inusual en el rubro– no justifica que su nombre aparezca 18 veces en las 50 páginas del fallo. La razón no es nada secreta y la dan los mismos jueces en varias oportunidades: “si la fiscal no hubiera pronunciado la palabra empalamiento, la sociedad no estaría exigiendo un juicio ejemplar”. Y aquí es donde late con toda su fuerza bruta la vena de este fallo de corte patriarcal, que se resiste a ser ejemplar y en esta resistencia no se fija en llevarse puesta la posibilidad de hacer justicia, que equipara el “no hubo empalamiento” con “aquí no pasó nada”. Un juicio ejemplar invertido que no sólo le ponen la vara más alta a los criminales, sino que da por sentado que de no existir una muerte lo suficientemente cruenta, luego de tantas que hubo y sigue habiendo, no habría habido la exigencia de juicios ejemplares, ni multitudes en la calle clamando Ni Una Menos. O también y de yapa, que el reclamo de las mujeres tiene en su origen una muerte que no es para tanto. Desconocen en un claro ejercicio de incapacidad de escucha machista que no se necesita ninguna muerte para la potencia del movimiento de mujeres, travestis y trans, como tampoco una muerte por aborto clandestino para la lucha por el aborto legal, seguro y gratuito.

Te puede interesar:   Homenaje a Almirón

Los jueces están leyendo mal, los chats y todo, incluido lo que ellos mismos escribieron: “Quisiera concluir este análisis aclarando que no desconozco la existencia de la llamada violencia de género y el interés del Estado argentino en que esta se elimine” advierte al comienzo del fallo uno de los jueces que no se priva de anteponer la palabra “llamada” ante un concepto de público consenso borrando por completo y sin disimulo lo que haya querido decir con “no desconocer”. Pero va a más: “pero eso no significa que bajo ese escudo se pretenda encuadrar un hecho que es diametralmente opuesto a ello”.

No es por fuera de la justicia que haya que hacer justicia, pero un juez que ante la evidencia de una chica muerta en las condiciones en que murió Lucía Pérez considere que la llamada violencia de género es un escudo y que el hecho “es diametralmente opuesto”, claramente no está capacitado para ejercerla.

Por Liliana Viola

Para Página 12

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *