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Prohíben Rappi, Glovo y Pedidos Ya

Foto: Adrián Pérez

La Justicia porteña le ordenó al gobierno de Horacio Rodríguez Larreta prohibir de “forma inmediata” el funcionamiento de Rappi, Glovo y Pedidos Ya por incumplir con los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Código de Transporte, que afectan principalmente a los repartidores. Según el último relevamiento, casi el 80 por ciento de los trabajadores circula con la caja de delivery cargada en la espalda, cuando debería estar sujeta a la moto o bicicleta, el 70 por ciento no cuenta con ningún tipo de seguro y más de la mitad no usa casco. El fallo remarca que la responsabilidad es de las empresas y no de los repartidores que muchas veces son multados por los agentes de tránsito por este tipo de faltas. “Vemos con buenos ojos el fallo pero nos preocupa que las plataformas descarguen estas obligaciones con más costos sobre los trabajadores”, resaltaron desde la Asociación de Personal de Plataformas (APP).

El fallo firmado por el juez Andrés Gallardo es categórico: ordena prohibir la actividad de las plataformas de mensajería y reparto de alimentos hasta que las empresas no garanticen las condiciones de seguridad de los trabajadores. Quien debería ejecutar la orden es el Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Transporte o de Trabajo. Para Gallardo son las empresas las que deben asegurar que los repartidores circulen con casco, que la caja portaobjetos esté correctamente colocada, que tanto las bicis como las motos tengan luces y bandas refractarias y que los conductores circulen con seguro de vida y accidentes.

Para el titular del juzgado Nº2 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario el servicio de mensajería que brindan estas plataformas “se realiza en franca transgresión a la normativa vigente, y sin que se les exija al menos, dar cumplimiento a las normas básicas en materia de seguridad”. Gallardo también solicitó que el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat ejecute un “plan de contingencia económica y social” para compensar la reducción del ingreso de los repartidores mientras dure la prohibición del servicio.

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La decisión judicial llegó luego de un relevamiento realizado por la Policía de la Ciudad sobre un total de 691 motos y bicis que prestaban servicios para las firmas Rappi Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A. Del total de los repartidores en bicicleta (417), el 67 por ciento circulaba sin casco, el 77 lo hacía con la caja de delivery sobre la espalda y el 70 por ciento no contaba con ningún tipo de seguro. En el caso de las motos la mayoría de los repartidores llevaba casco aunque casi la mitad cargaba la caja sobre los hombros y no poseía seguro alguno.

El informe advierte además que “grandes cadenas comerciales” de la ciudad utilizan los servicios de estas apps a pesar de las irregularidades y que en tan sólo un mes se registraron 25 accidentes en la vía pública con repartidores afectados. El fallo, publicado por el portal IJudicial, establece que son necesarias “medidas coercitivas” para lograr el cumplimiento efectivo de las medidas de seguridad para los trabajadores.

La Asociación de Personal de Plataformas (APP), el sindicato formado recientemente para defender los derechos laborales de los glovers o rappitenderos, como se le dice a los repartidores en la jerga de las apps, tomaron el fallo con cautela. Vieron con buenos ojos que la Justicia descargue la responsabilidad en las empresas pero les preocupa que las plataformas descarguen a su vez esta carga en los trabajadores con mayores gastos u obstáculos para trabajar. “Es importantísimo que el fallo descargue todo el peso de la ley sobre las plataformas pero el problema es que en la calle las multas recaen sobre los trabajadores. La Policía para a los repartidores como si fueran motochorros”, explicó a Página/12 Juan Manuel Ottaviano, abogado laboralista y representante de APP.

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Lo más importante para el abogado, y que no contempla el fallo, sería que se obligue a las plataformas a registrar a los trabajadores para que sean las empresas las que deban hacerse cargo de los costos del seguro y de todas las regulaciones municipales con respecto a la seguridad vial y el traslado de alimentos. “Los repartidores en bici deberían tener por ejemplo un seguro de riesgos contra terceros y ART pero la plataforma los obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil”, agregó Ottaviano.

Desde el gremio APP no son muy optimistas con respecto al cumplimiento del fallo. Hace dos semanas, la Justicia le ordenó a Rappi reincorporar a un grupo de trabajadores que habían sido “bloqueados” después de denunciar la precariedad de su situación laboral. Sin embargo la empresa no revirtió la decisión. “No son muy afectos a cumplir órdenes judiciales y la Ciudad ya demostró no tener los medios para impedir el funcionamiento de una aplicación”, remarcó el abogado, que puso de ejemplo la situación de Uber, que a pesar de varios fallos en su contra sigue operando con normalidad.

“Impedir que funcione una aplicación requiere intervenir internet y eso supone otras medidas… Entonces el Gobierno saca a los policías y agentes de tránsito para multar a los trabajadores por el incumplimiento de su empleador pero no persigue al empleador. Los choferes y repartidores son los que soportan el precio de la prohibición y las sanciones”, finalizó el abogado laboralista.

Fuente: Página 12

https://www.pagina12.com.ar/186489-prohiben-rappi-glovo-y-pedidos-ya

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