(Especial para CH) Debemos festejar el alumbramiento de las Organizaciones Laicistas Argentinas[i], conglomerado de organizaciones plurales que esperamos sirva para poner en foco la necesaria separación de la religiosidad (y no sólo la religión) y del Estado, esta organización busca según su declaración y programa: “(…) que la cosa pública sea secular y allí pondremos nuestros esfuerzos, para que ese “mundo común” sea de todas, todos y todes. Toda persona tiene derecho a acceder a lo público sin que se restrinja su libertad de conciencia, de culto o de convicciones. Por lo tanto, los cultos pueden manifestarse libremente, pero sin buscar apropiación total o parcial de lo comunitario.”
Esto se presenta de suma importancia cuando desde las organizaciones sociales que forman parte del oficialismo nacional buscan sustanciar desde diferentes perspectivas colaboracionistas, algunos recursos de contención social gestando una religiosidad popular adlátere de los mecanismos de dominación. Una religiosidad alejada de toda teología de la liberación, hermanada de esta manera con el sistema civilizatorio capitalista.
La cuestión del poder para nosotros de esta manera se presenta con una claridad destellante, siendo una forma social que en este caso a través de la religiosidad instruye y forma parte de los mecanismos de opresión de las clases dominantes sobre los sectores subalternos, trayendo como resultado formas de opresión múltiple que entre otras inciden en la religiosidad popular y su relación con el Estado. Es de aquí que podemos encontrar que los intentos de institucionalizar la religiosidad popular encuentra dos carriles, a través de las organizaciones sociales y las encíclicas papales, agarrando de ellas los aspectos consignitas afines al “progreso” y desde la siempre reaccionaria cúpula de la iglesia, a través de su histórica presencia en el Estado Argentino.
Es de esta manera que debemos clarificar que un Estado laico es aquel que funciona de manera independiente de cualquier religión, lo que no es el caso de la Argentina que financia a la religión católica apostólica y romana, la financia pagando los sueldos de Obispos, la financia pagando o subvencionando las escuelas privadas católicas, hasta existe en la Argentina un Obispo castrense[ii], que es un Obispo de la iglesia católica que suele además tener rango militar y oficia para las tres fuerzas armadas.
A este respecto no podemos dejar de resaltar el vínculo entre la iglesia y el terrorismo de Estado. Siguiendo a varios autores podemos explicar que el catolicismo penetró en el ejército durante las décadas del 30 y principios de los 40. Con posterioridad con el derrocamiento de Juan Domingo Perón en 1955, el catolicismo actualizó los fundamentos ideológicos cristianos de las fuerzas armadas a los términos de la guerra fría y tuvieron un rol central para adoctrinar a los militares en lo que denominaron contrainsurgencia.
Entonces el terrorismo de Estado tuvo varias, digamos ramas de formación, la escuela de las Américas, regenteada por EEUU, por donde pasaron todos los dictadores de América Latina, la “escuela” francesa de tortura, que es el aprendizaje sobre tortura que los franceses realizaron en Argelia, y la rama religiosa católica que justificaba “la guerra antisubversiva” desde un fundamento teológico, “contra el inhumano comunista que nos impide alcanzar el reino de dios” según decían.
Esta explicación tiene el fin de llevarnos a comprender por ejemplo, sociedades como las del municipio de San Miguel en la zona noroeste de la provincia de Buenos Aires, guarida sin dudas de muchos militares y de católicos de extrema derecha. La San Miguel actual no puede ser entendida, sin este marco histórico del rol de la Iglesia en el terrorismo de Estado.
En San Miguel confluyen varios elementos de la reacción, desde los “provida” y celestes, con funcionarios enredados con el poder de la iglesia católica, militares y familia de militares y sus cofrades de neto corte fascista, que desde el poder estatal municipal ejercen una fuerte opresión sobre la sociedad.
Tenemos también ahí nomás, en el municipio de Malvinas Argentinas un intendente del otro signo partidario, Leonardo Nardini que recibe a todas las iglesias pero se ha negado sistemáticamente a recibir a los organismos de derechos humanos y que realiza murales con la imagen religiosa de la última cena, como la que está cercana a la estación de Grand Bourg, del tren Belgrano Norte, era también costumbre de algunas iglesias evangelistas antes de la pandemia, con micrófono y parlantes entablar sus enconados discursos de odio contra la población LGBTTTIQ+ en el espacio municipal conocido como “el batallón” en la localidad de polvorines.
Esto sólo para ejemplificar el rol reaccionario de la institucionalización de la religiosidad, que en el conurbano tiene una fuerte presencia más allá de los signos partidarios, en plazas parques y casi todo espacio público. Pero vayamos ahora a los aspectos doctrinales de los derechos humanos al respecto, ya en la declaración universal de los derechos humanos que recordamos es de 1948 dice en su artículo 18[iii] “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y religión, este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado”.
Ahora bien si el Estado financia una religión sobre otra, sí promueve una fe sobre otra, por ejemplo poniendo imágenes religiosas en espacios públicos, hospitales y juzgados, si por la fe religiosa de un funcionario no se puede aplicar la ley, como la de educación sexual integral, ¿hay libertad de pensamiento, conciencia y religión? Pues claro que no, hay libertad de pensamiento, conciencia y religión para los católicos, para los evangelistas ahora, porque si ingreso a un juzgado y me topo con una cruz, eso me indica que esa fe religiosa tiene algo que decir sobre la impartición de justicia, no así la fe judía o musulmana por poner ejemplos de grandes religiones monoteístas.
Podemos observar por ello que la inclusión de imágenes religiosas en espacios públicos, desde una perspectiva de los derechos humanos, puede ser comprendida desde el marco doctrinal de la discriminación si tomamos en cuenta la siguiente descripción sobre la misma “trato diferente y perjudicial que se da a una persona por motivos de raza, sexo, ideas políticas, religión, etc”
En materia de derechos humanos la libertad de culto requiere de un Estado laico que no financie ni promocione ninguna religión por encima de otra y que se dedique a preservar el derecho de la población al libre pensamiento. Es decir para ser absolutamente claro, la lucha por un Estado laico no se trata de un ataque a una religión, ni a la religiosidad popular aunque alertamos que vemos en ella un mecanismo sistémico de adaptación al orden imperante, sino que es una cuestión de derechos humanos.
Para todos, todo
Damián Ravenna
Presidente
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Zona Norte de la Provincia de Buenos Aires
(APDH ZONA NORTE)
Parte de este escrito formó parte de mi columna semanal de derechos humanos en el programa encuentro con las noticias, FM 107.3 MHZ TINKUNACO
Imagen: Prensa Obrera
[ii] https://obispadocastrenseargentina.org/contenidos/
[iii] https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/