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Repudio a campaña racista antimapuche

UN CONJUNTO DE EQUIPOS REPUDIA LA VIOLENCIA Y A LA CAMPAÑA ESTIGMATIZANTE Y RACISTA  HACIA EL PUEBLO MAPUCHE / MAPUCHETEHUELCHE Y EL CONJUNTO DE LOS GRUPOS ORIGINARIOS 

Desde diferentes equipos de Universidades, quienes trabajamos con el pueblo mapuche/mapuche-tehuelche desde hace años, manifestamos nuestra preocupación ante la escalada de noticias de alto contenido xenófobo y racista. La violencia discursiva se ha ido hilvanando a partir del proyecto de ley presentado por un grupo de diputadas y diputados, que propone la derogación la Ley nacional Nº 26.160 (de “emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país”). 

Como es habitual en estas situaciones, comienzan a circular falacias, tergiversaciones y discursos estigmatizantes hacia el mapuche/mapuche-tehuelche que se vienen multiplicado por estas horas. Como especialistas en el tema, y junto a otros Institutos y colegas de diferentes centros del país y la región, hemos clarificado y respondido en reiteradas ocasiones a estos argumentos, carentes además de toda base científica (y a veces de toda lógica), y que solo buscan generar sentimientos de odio y racismo en la sociedad. Como ya hemos señalado ante campañas comparables, nos preguntamos si en este contexto particular, y frente a las enormes dificultades económicas de vastísimos sectores sociales –tras años de recesión económica–, ciertos grupos no apelan (y promueven) un histórico “chivo expiatorio” como forma de desviar el foco frente a la falta de soluciones a estos problemas. 

Diferentes medios de comunicación nacionales y, varios de la provincia de Neuquén, han publicado sendos análisis parciales y estigmatizantes, en los cuales encienden falsas alarmas en torno a dos ejes estructurantes para los pobladores patagónicos: la propiedad y la soberanía. Más allá del impacto que buscan lograr, esgrimen un posicionamiento que desconoce los derechos de los pueblos originarios en sus territorios ancestrales. Muestran, además, un desprecio repudiable por lo estipulado en la Constitución Nacional (art. 75 inc. 17), así como en otras normativas nacionales e internacionales –entre las que se encuentra el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas–, que reconocen derechos particulares a los pueblos originarios. 

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La mencionada Ley nacional Nº 26.160 resulta de vital importancia para las comunidades indígenas de Argentina. Su sustento está constituido por las formas de despojo territorial que marginaron a los pueblos indígenas a “tierras fiscales”, mientras otros sectores las utilizaron para especular en el mercado inmobiliario. Por lo expuesto, juzgamos primordial continuar y finalizar con los relevamientos pendientes, para dotar a las cientos de comunidades afectadas a lo largo y ancho de la Argentina de mayor seguridad jurídica y brindarles la posibilidad de acceder a diferentes políticas, programas y a otras legislaciones que se entrelazan con la Ley nacional Nº 26.160 (entre las cuales se encuentra, por ejemplo, la Ley nacional Nº 26.331 de bosques nativos). No es casual, por lo tanto, que desde ciertos sectores vinculados al poder económico, no se cuestione esta norma por sus limitaciones, sino por sus aciertos. 

La Ley nacional Nº 26.160 es el recorrido necesario que posibilita, a futuro, una legislación específica que regule la titulación de las tierras relevadas de los pueblos indígenas, en la que se incluya el procedimiento administrativo y judicial pertinente para realizar el reconocimiento constitucional de las mismas. El objetivo es, así, pasar de una ley de emergencia, a una ley permanente con presupuesto asignado y de ejecución efectiva; una deuda histórica que nuestro país tiene para con los pueblos originarios. Por último, reclamamos que cese toda forma de violencia hacia los pueblos indígenas, y en particular al mapuche/mapuche-tehuelche, y que se haga efectivo lo estipulado en el marco normativo vigente en Argentina. 

Programa “Etnicidades y territorios en redefinición“, SEANSO-ICA-Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (FFYL-UBA). 

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Cátedra de Extensión Rural del Asentamiento Universitario San Martín de los Andes de la Universidad Nacional Del Comahue (UNCo). 

Programa de Arqueología Histórica y Estudios Pluridisciplinario (PROARHEP), Departamento de Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Luján.

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